*La autoridad define puntos sobre jurisdicción federal en aduanas y puertos en la actualización de preguntas frecuentes

POR Baltazar SÁNCHEZ HUERTA / Redacción

  LÁZARO CÁRDENAS, MICH.- El servicio de administración tributaria SAT concluyó la actualización de su servicio para facturar de manera gratuita con Carta Porte adicional, difundió precisiones sobre jurisdicción federal, la información que estará a la vista entre otros puntos.

   Desde el pasado día primero de enero el SAT actualizó el documento de preguntas frecuentes, con un extenso formulario dirigido a todos los módulos de transporte en el que abordó temas simples como la definición del complemento Carta Porte CDFI de tipo ingreso o de tipo traslado hasta temas especializados sobre reglas de comercio exterior.

  Entre los puntos relevantes informó que después de varios meses en actualización, liberó su servicio gratuito de facturación disponible en las siguiente liga: 

https://cfdiau.sat.gob.mx/nidp/wsfed/ep?id=SATUPCFDiCon&sid=0&option=credential&sid=0

   En las preguntas frecuentes el SAT incluye una de las mayores inquietudes de los transportistas cómo saber si un tramo es federal o local.

  En este punto precisó que no se consideran tramos de jurisdicción federal cuando los vehículos circulan dentro de la aduana, aeropuertos, puertos marítimos o terminales ferroviarias de conformidad con las disposiciones aplicables.

  Adicional difundió la lista de carreteras a cargo de la secretaría de infraestructura comunicaciones y transportes (SICT) de la cual ya existen, los transportistas consideran insuficiente para dar certidumbre en los casos en que los trayectos de los vehículos de menor capacidad, los camiones C2 no son mayores a los 30 km.

  Los transportistas y los clientes han externado su preocupación sobre la información que quedará expuesta en la elaboración de los CDFI con complemento Carta Porte.

  Al respecto el SAT difundió que la información que estará a la vista de los operadores, es decir de fácil acceso, son origen y destino de la carga a detalle así como el peso bruto total, el peso por unidad el número total de la mercancía, su descripción y su fabricación arancelaria entre otros conceptos.

   Precisó que las empresas dedicadas a maniobras de carga, descarga, estiba, desestima el alijo, acarreo, almacenaje, transbordo de bienes y mercancías no están obligadas a emitir facturas electrónicas con complemento Carta Porte cuándo laboren en zonas federales.

 Lo anterior debido a que esas compañías no realizan el traslado de carga sino que realizan maniobras propias de la carga descarga y transbordo para la posterior traslado.

  La lista completa de la información que se visualizará en las facturas, el complemento carta porte por modo de transporte, así como los conceptos de logística corresponsabilidad, CDFI  Complemento Carta Porte y otras dudas se puede consultar en el documento completo.

Preguntas frecuentes complemento Carta Porte Enero 2022.