*Si compran un terreno, primero deberán acudir a la Procuraduría Agraria, recomienda la dependencia

POR Baltazar SÁNCHEZ HUERTA

  LÁZARO CÁRDENAS, MICH.- Por ventas ilegales de terrenos ejidales se han llevado a cabo a muchos juicios de nulidad de contrato de compra- venta y por ello se recomiendan a los ciudadanos a que antes de adquirir un predio acudan a la Procuraduría Agraria, dijo la residente de la dependencia federal en este puerto Lic. Luisa Martínez Flores.

   La Jefa de la Residencia Lázaro Cárdenas, destacó que de acuerdo al Artículo 80 de la Ley Agraria señala que pueden vender, únicamente los que cuenten con certificado parcelario, es decir que está medida la parcela mediante el Procede, que se cuenta con un plano al reverso del certificado, pero sobretodo que sólo deben de vender a avecindados y ejidatarios. Si el comprador es persona ajena al ejido debe de haber una asamblea de aceptación de su integración.

   Además, las parcelas no se pueden fraccionar salvo que el vendedor tenga dominio pleno, es decir que tengan un título de propiedad y aun así, la venta debe realizarse ante Notario Público y con notificación a la Procuraduría Agraria.

   El funcionario federal informó que tuvo conocimiento de lo ocurrido en el ejido La Florida, se atendió el caso y se citó al jurídico y titular de Catastro del Municipio a fin de poner orden en este conflicto en el que participó el municipio afectando el derecho ejidal y las leyes agrarias. Pidió  a quienes ya hayan comprado terreno a la Señora Rosa María Cuevas Caravez, se va a atender cada caso en concreto y se les van a explicar los requisitos y si es legal o no la compra-venta antes de que realicen el trato.

  La mayoría de los usuarios acuden cuando tienen el problema, tienen que venir antes, en la mayoría de los ejidos conurbados es donde están presentando el fraccionamiento de parcelas, dijo. Además, cuando se tiene el problema se concilia, porque se tiene una inversión y la finalidad es que nadie resulte perjudicado.

  Reiteró que se han llevado a cabo más de 20 juicios de nulidad de contrato de compra-venta, por falta de requisitos al Artículo 80 que establece los requisitos antes descritos. Muchas veces el sujeto es quien vende y acude a la Procuraduría a que le solucionen el problema, pero se soluciona mediante un juicio, se tiene que anular la compra venta, en este caso se habla de una duplicidad de escrituración que ya un Juez había dado un veredicto, la señora Cuevas Caravez, incurre en un delito de fraude, puntualizó