*Sindicato habrá de objetar la carátula de utilidades de la empresa a través del Comité Ejecutivo Nacional, tras haber cobrado ya más de 3 mil pesos por este concepto.
POR Baltazar SÁNCHEZ HUERTA / Redacción
LÁZARO CÁRDENAS, MICH.- Los trabajadores de la Sección 274, al servicio de Empresa Sadcom de Occidente del Grupo Pemex-Fertinal que desde el pasado mes de mayo, el pago de un bono extra luego que la empresa informó que este año hubo un excedente por reparto de utilidades.
Este sábado tal como se había anunciado, la base de la Sección 274, del Sindicato Minero Nacional, sostuvo una reunión en el recinto oficial, la cual estuvo encabezada por su Secretario General Cuitlahuac Martínez Montaño, y los Delegados del CEN José Juan Farías Solís y J. Jesús Jiménez y Armando Cisneros Valverde Secretario de Contratación Colectiva del CEN del SNTMMSSRM.
Los integrantes de la Comisión Revisora de Utilidades al informar a la base trabajadora sobre el ofrecimiento de la empresa una ayuda social en dos exhibiciones o pagos, el primero el día 15 de julio y una segunda parte el 15 de agosto el cual no se aceptó y explicó el rechazo al ofrecimiento que recientemente realizó el Grupo Pemex-Fertinal para los más de 800 trabajadores de esa sección 274 y trabajadores eventuales.
Entre los oradores se dijo que el ofrecimiento está muy por debajo incluso de lo que la propia empresa ha manifestado, pues las cantidades no concuerdan ni siquiera con el pago ya que 25 mil pesos nos ha estado dando durante los últimos tres años que les pueda corresponder de acuerdo a los trabajos que se realizan al interior de la empresa, recalcó además, que si bien es cierto los mineros no están de acuerdo con el ofrecimiento.
El Sindicato habrá de impugnar u objetar la carátula fiscal anual de Sadcom de Occidente de Grupo Pemex-Fertinal será objetada por el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, luego que la empresa declaró utilidades del ejercicio 2020, de mil 700 pesos el cual han recibido el pago de utilidades que arrojo la caratula que aún no se tiene como garantía establecido en cláusula del CCT, de pago que recibimos, dando como resultado pago para las utilidades correspondientes.
