*Por disposiciones del Gobierno del Estado ha solicitado a los Ayuntamientos implementar ley seca por elecciones.
POR Baltazar SÁNCHEZ HUERTA / Redacción
LÁZARO CARDENAS, MICH.- Estamos a días de que se lleven a cabo las elecciones, siendo una de las más grandes, lo que significa que es una de las decisiones más importantes, todos debemos tomar conciencia, así que en el estado de Michoacán se aplicará la ley seca este 2 de junio de 2024.
No olvides que necesitas acudir a las urnas con tu credencial de elector que esté vigente para que aparezcas en la lista nominal del Instituto Nacional Electoral, recuerda que ésta es una de las decisiones más importantes y que debes tomarla con toda la seriedad que se requiere.
Cabe destacar que de ultima hora el Gobernador del Estado hizo llegar al Ayuntamiento, según informó Horacio Ramírez Pérez, Secretario del Ayuntamiento, que es oficial en todo el estado, esta medida electoral si es oficial debido a que se encuentra estipulada en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en uno de sus artículos.
Nos referimos al artículo 300 de la misma Ley que dice lo siguiente:
“Artículo 300
- Para asegurar el orden y garantizar el desarrollo de la jornada electoral, los cuerpos de seguridad pública de la Federación, de los estados y de los municipios o, en su caso, las fuerzas armadas, deben prestar el auxilio que les requieran los órganos del Instituto, los Organismos Públicos Locales y los presidentes de las mesas directivas de casilla, en el ámbito de sus respectivas competencias, conforme a las disposiciones de esta Ley.
- El día de la elección y el precedente, las autoridades competentes de acuerdo a la normatividad que exista en cada entidad federativa, podrán establecer medidas para limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan bebidas embriagantes.
- El día de la elección exclusivamente pueden portar armas los miembros uniformados de las fuerzas públicas encargadas del orden.”
Recordar que, de acuerdo a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, es facultad de los municipios establecer medidas para limitar el servicio y venta de bebidas alcohólicas el día de la elección y fecha precedente.
Estas medidas, son necesarias para coadyuvar a tener mejores condiciones de paz y tranquilidad previo y durante el proceso electoral, siendo prudente y necesaria la restricción de bebidas embriagantes en establecimientos, tiendas y centros de distribución.
