*SAT: ¿Qué es la Carta Porte, para qué sirve y quiénes deben emitirla?

POR Baltazar SÁNCHEZ HUERTA / Redacción

  LÁZARO CÁRDENAS, MICH.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) Lázaro Cárdenas, informó recientemente que extenderá el plazo de familiarización del complemento Carta Porte hasta el 30 de septiembre de 2022, en lugar del 31 de marzo como se había establecido. Sin embargo, para muchas personas este concepto puede resultar nuevo, por lo que a continuación se explica lo que deben saber sobre este documento.

  ¿Qué es la Carta Porte?

  Es un documento fiscal digital que se emite para amparar el traslado de mercancías en territorio nacional, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte. El complemento Carta Porte es un documento que para el año 2022 pasará de papel a digital y se usa para:

  Registrar información del transportista, del dueño de la mercancía, de los bienes o mercancías, del medio y modo de transporte.

  Permite a las autoridades competentes identificar de manera más fácil a los operadores, así como los medios de transporte a través de los cuales se realiza el traslado de los bienes o mercancías en territorio nacional.

  Sirve para acreditar la legal estancia o tenencia de los bienes o mercancías que se trasladan en territorio nacional.

  Se emite cuando se realiza el servicio de traslado de los bienes o mercancías, ya sea con medios propios o contratando un transportista.

  Cabe destacar que las empresas o personas que trasladen bienes y/o mercancías de manera local que usen vehículos de carga ligera con características menores a las de un camión tipo «C2», conforme a lo establecido en la NOM-012-SCT-2-2017, no están obligados a emitir una factura electrónica de tipo ingreso o traslado con complemento Carta Porte, siempre que en los trayectos no se transite por algún tramo de carretera federal mayor a 30 kilómetros.

  Asimismo, el SAT destaca que solo las autoridades federales son las facultadas para requerir el complemento Carta Porte; ni la policía municipal, ni estatal pueden requerirlo.

  ¿Quién debe emitir la Carta Porte?

  Las empresas o personas que brindan servicios de transporte de bienes y/o mercancías utilizando sus vehículos, deberán emitir una factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte.

  Si eres dueño de los vehículos y de los bienes y/o mercancías que se transportan en ellos, debes emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte.

  El intermediario o agente de transporte, que preste servicios de logística para el traslado de los bienes y/o mercancías, o tenga mandato para actuar por cuenta del cliente, debe emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte cuando el traslado lo realice por medios propios.

  En caso de que este no lo haga con sus propios vehículos y contrate el servicio con un tercero este último será el obligado a emitir la factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte.

  ¿Cómo emitir Carta Porte?

  Para el CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte debes seguir estos pasos:

  Si te dedicas a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías, debes estar dado de alta en el RFC y contar con el permiso correspondiente, otorgado por la SCT.

  El cliente te contratará para realizar el traslado de los bienes o mercancías. Debes solicitar al cliente que te proporcione la información relacionada al traslado de los bienes o mercancías.

  Realiza la captura en el CFDI, de los servicios de transportación que prestarás y en el complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.

  Realiza el traslado de bienes o mercancías, con el complemento Carta Porte acreditarás la legal tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital correspondiente. La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.

  Entrega los bienes o mercancías en el destino acordado y finaliza el servicio.

  Para el CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte debes seguir estos pasos:

  El propietario, intermediario o agente de transporte, requiere trasladar bienes o mercancías.

  Emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.

  Realiza el transporte de los bienes o mercancías por sus propios medios.

  La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.

  Llega al, o los destinos indicados y finaliza el traslado.

  ¿Qué pasa si no tengo Carta Porte?

  Recibirás una multa por cada factura electrónica de tipo ingreso o traslado que emitas sin complemento Carta Porte, pues estarías cometiendo una infracción que tiene como consecuencia una sanción que va de $400.00 a $600.00.