*F.S.E.M.M aguinaldos, fondos de ahorros y salarios caídos así como el derecho laboral

POR Baltazar SÁNCHEZ HUERTA

LÁZARO CÁRDENAS, MICH.-El Secretario de Estadísticas de la Federación de Sindicatos de Empleados Municipales, Eloy Sánchez López, informó respecto a su competencia y procedencia en el caso del conflicto laboral de naturaleza colectiva entre el Sindicato de Empleados Municipales y el Ayuntamiento de Aquila, situación que lleva ya más de nueves meses, sin que el acalde por vía de los tribunales ceda el derecho laboral de los empleados.

Dicha situación que prevalece desde hace más de nueve meses, se ventila para que se resuelva ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado, ya se tiene el emplazamiento a huelga, el cual conforme a lo que establece la Ley de la materia se debe de pronunciar sobre la existencia o no de la huelga que han solicitados los sindicalizados, los trabajadores siguen en pie de lucha con el apoyo de los 60 sindicatos en el municipio para solventar el movimiento.

Eloy Sánchez, aseguró que hay fundamento que acredita la razón fundada de los empleados en dicho derecho ante el Tribunal que conoce del asunto, y ante ello todo intento por conciliar la posición o la postura de la patronal, en este caso el municipio y los trabajadores afiliados al gremio, debe efectuarse con la supervisión y seguimiento del propio órgano para que, en su caso, los acuerdos que diriman el conflicto sean elevados a calidad de laudo ejecutorio.

El Secretario de Estadística señaló que el Gobierno de Michoacán se ha manifestado respetuoso de los procedimientos legales y de los derechos de las partes, por ello, la Secretaría de Gobierno está obligada a mantener una posición imparcial, lo que le mandata a abstenerse de favorecer a cualquiera de las partes, por lo que toda intervención debe estar orientada a facilitar la solución del problema siempre y cuando los interesados concedan y estén dispuestos a una resolución alternativa, distinta del procedimiento laboral, lo cual significa que mientras tanto las partes dispongan la prosecución del juicio de interés colectivo, es en esta instancia en donde se ha de resolver lo correspondiente.

Fuera de estas consideraciones, los elementos externos que se refieran al problema no es conveniente que se canalicen con intenciones mediáticas, ya que ello en lugar de favorecer la solución del conflicto laboral agrava la situación entre las partes. Es de señalar que previo al paro de labores, la Secretaría de Gobierno, por medio de la Dirección del Trabajo y Previsión Social, mantuvo una comunicación constante con ambas partes y agotó los mecanismos para dirimir el conflicto antes de que se llegara al tribunal, destacó que se espera recapacite el Presidente y se de pronta solución al conflicto que se agrava a cada día que pasa.

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