*La CNTE rechaza el descuento a sus aguinaldos habrá manifestaciones en el estado
POR Baltazar SÁNCHEZ HUERTA
LÁZARO CÁRDENAS, MICH.-Con movilizaciones en la capital michoacana y las más de 22 regiones en el estado el magisterio de la corriente democrática expresara su rechazo total a la imposición de descuentos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en sus percepciones de fin de año contempladas en diciembre, planteó la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), ante lo que llamó una acción “ilegal” por parte de las autoridades al gravarse por primera vez el aguinaldo.
La región IX Sierra-Costa del magisterio democrático al llamado que realiza el secretario de Organización de la CNTE, Salvador Almanza, la dirigencia de la coordinación de Lázaro Cárdenas, señaló que este lunes 18 realizaran acciones en la capital del estado y movilizaciones en cada una de las más de 22 regiones para externar el rechazo al llamando Ajuste del ISR sobre el Aguinaldo 2017, el descuento se constituye “en un ingrediente que altera a muchos compañeros.
Los maestros califican que es un agravio más del gobierno federal y del estado que ya tiene varios adeudos con nosotros”, el ISR, aclaró, se descontaba del salario “no de las prestaciones, el aguinaldo no estaba gravado”, aunque reconoció que desde hace varios años se intentaba aplicar este gravamen, pero hasta este fin de año lo aplicaron. Afirmó desconocer el porcentaje de ISR que se descuenta en las percepciones recibidas como prestaciones de fin de año, aunque estimó que “en números redondos” alcanzaría un 20 por ciento.
Destacó que los recursos erogados por la Secretaría de Educación del Estado (SEE) no contemplaron pago alguno de recursos atrasados y por los cuales se han mantenido movilizados en la presente semana ante la Secretaría de Finanzas y el Congreso local, por lo que advirtió que la CNTE se mantendrá en las calles a partir del próximo lunes y con acciones aún por definir, de manera tentativa en Lázaro Cárdenas desde las 7 de la mañana se tomaran las vías del tren en la tenencia de Las Guacamayas.
Señaló que además de las percepciones adeudadas como a interinos y el caso de los CENDIS, ahora se suman otros bonos como prima vacacional y de ajuste del año fiscal, los que dijo, se tendrá que pagar por las autoridades.
Sigue los pagos pendientes, destacó el caso de interinos desde el 2015 sin cobrar, claves que no se han regularizado y por ello no tienen percepciones salariales, “y ahora se suma este descuento a la primera parte del aguinaldo”, por lo que dijo que a partir de enero, en una mesa de negociación ya acordada con la federación pedirán a las autoridades explique este gravamen a las percepciones, al margen de que el equipo jurídico centista ya analiza si procederá una denuncia específica.
Lo que marca la ley del Impuesto Sobre la Renta ISR, cuestiones sobre el Aguinaldo 2017: El aguinaldo o también conocido como el Sueldo Anual Complementario (SAC) es un pago especial que se les hace a los trabajadores que trabajan en relación de dependencia. De esta manera, los trabajadores amparados bajo la Ley Federal del Trabajo, tendrán un salario más a las doce mensualidades correspondientes a un año.
El pago puede ser monetario o en especies, de forma única, y por simple pacto entre el empleador y el empleado. Si bien la ley en ningún lado lo menciona, en la mayoría de los países se acostumbra a darse un aguinaldo para la fiesta católica de Navidad. A su vez, es una prestación fundamentalmente usada por el empleado para afrontar los gastos de fin de año, que engloban a las vacaciones, regalos o pago de deudas.
¿Qué establece la Ley?
En la regulación local mexicana, la Ley Federal del Trabajo a través del artículo 87 establece que el aguinaldo mínimo será igual a 15 días de sueldo base y se acostumbra a abonarse antes del 20 de diciembre de cada año. A su vez, menciona que los trabajadores que por cualquier motivo no laboren durante todo el año, tendrán derecho al pago de la parte proporcional del aguinaldo según el tiempo trabajado. En el caso de extinguirse el contrato de trabajo por cualquier causa, el trabajador o los derecho-habientes, tendrá derecho a percibir la parte del sueldo anual complementario devengadas en la fracción trabajada, hasta el momento de dejar el servicio.