*Juez Sexto de Distrito ordena inspección ocular o pericial topografía agrimensura en LZC
POR Baltazar SÁNCHEZ HUERTA
LÁZARO CÁRDENAS, MICH.-En cumplimiento al juicio de preservar las tierras ejidales en Lázaro Cárdenas, el Juzgado Sexto de Distrito con sede en la ciudad de Uruapan, dictó la ejecutoria para el seis de marzo del dos mil dieciocho una prueba de Inspección Ocular y Pericial en Materia de Topografía y agrimensura dentro del juicio de amparo indirecto número 365/2017, donde se desconoció la revisión en carácter de terceros interesados a Luis Ángel López Vargas, Carlos Flores Mendoza y Graciano Serna Ríos que se ostentan como Presidente, Secretario y Tesorero del núcleo ejidal Melchor Ocampo.
Horacio Ortiz González, Juez de Distrito, señaló que tomando en consideración a quienes se les reconozca como terceros interesados en este juicio además de que no obran en autos los informes justificados de las autoridades responsables, digaseles que no ha lugar a reconocerlos en dicho carácter en virtud de que no se encuentran en ninguno de los supuestos previstos en la fracción III, del artículo 5 de la Ley de Amparo, ya que pretenden se les reconozca por ostentarse como representantes de los campesino organizados, sin embargo no versa que esto genere un interés contrario ya que lo que aquí se versa es sobre la defensa de las tierras propiedad del Ejido Melchor Ocampo antes los Llanitos, y no sobre la representación del núcleo ejidal.
El Licenciado Cuauhtémoc Solís Bravo, representante legal del Ejido, y autorizado por la parte quejosa externó que dentro del Juicio de Amparo en Defensa de las tierras la prueba pericial topográfica, su función primordial es determinar la identidad de inmuebles, tal como lo establece la jurisprudencia No. 190377 emitida por del Poder Judicial de la Federación que señala: PERICIAL EN AGRIMENSURA, ES LA PRUEBA IDONEA PARA ACREDITAR LA IDENTIDAD DE INMUEBLES.
En el caso de inmuebles, solo mediante un levantamiento topográfico y la elaboración del plano respectivo, utilizando el método e instrumental adecuado, se elaborará un plano en el que se represente gráficamente el terreno en estudio esta actividad debe ser realizada por un especialista con grado académico de licenciatura en ingeniería: Topográfica, Topográfica y Geodésica, Topográfica y Fotogramétrica, Topográfica e Hidráulica, Topográfica e Hidrométrica, Geodésica o Geomática; es decir, podrá ser aquél profesional cuya formación académica tenga el respaldo suficiente y garantice la capacidad técnica para rendir un dictamen pericial confiable para los cual el Ejido Melchor Ocampo nombro a Julia Angélica Olalde Gutiérrez.